Soy Partícipe
Los planes de pensiones de empresas proporcionan una fuente de ingresos segura para sus empleados después de su jubilación, lo que significa tranquilidad y estabilidad a largo plazo.
Ventajas
Mantienes tu nivel de vida en la jubilación
Puedes hacer aportaciones para sumarlas a las de la empresa con un límite conjunto de 10.000 euros anuales, y si la empresa deja de aportar, tú puedes seguir haciéndolo con el límite de 1.500 euros anuales.
Aumentas el valor de tu ahorro
Suma a tu ahorro la rentabilidad obtenida, una rentabilidad media histórica del 3,64%.
Ventaja Fiscal
Las aportaciones a planes de pensiones reducen la base imponible anual del IRPF lo que supone un ahorro directo y posibilita que puedas tributar a un tipo impositivo menor.
Movilización
Si te vas de la empresa, cualquiera que sea la causa, puedes movilizar tus derechos consolidados a otro plan de pensiones o plan de previsión asegurado (PPA) o plan de previsión social empresarial (PPSE) o seguir aportando por tu cuenta hasta el límite de 1.500 euros anuales.
Nuestras prestaciones
Jubilación
- Jubilación (Ordinaria o Anticipada)
- Disposición Anticipada de la Prestación de Jubilación:
– ERE
– Mayor de 60 años (con los requisitos que indique la normativa).
Incapacidad
Una vez reconocida por el INSS los siguientes grados de Incapacidad:
- Permanente Total para la profesión habitual.
- Incapacidad Permanente Absoluta para todo trabajo.
- Gran invalidez.
Fallecimiento
Los beneficiarios, designados por el partícipe, perciben su prestación a partir del momento en que se produzca el fallecimiento del partícipe.
Liquidación Excepcional
-
Desempleo: para situaciones de desempleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador, una vez agotada la prestación pública contributiva.
- Enfermedad grave: para el partícipe, cónyuge o familiares de primer grado en caso de no tener derecho a una prestación pública por incapacidad permanente y que suponga una disminución de renta disponible para el partícipe.