Cada año puedes reducir de tu base imponible del IRPF, las aportaciones realizadas a Loreto Optima por la menor de estas cantidades: hasta 2.000 euros o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.
Además, si tu cónyuge no tiene ingresos de trabajo o actividades económicas, o éstos son inferiores a 8.000 euros anuales, y es partícipe del plan de pensiones, podrás reducir de la base imponible general las aportaciones que realices a su favor, con el límite máximo de 1.000 euros anuales.
El límite de aportación conjunto e individual para planes de pensiones, mutualidades, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial es de 2.000 euros . En los sistemas de empleo (planes de pensiones de empleo, mutualidades de previsión social o planes de previsión social empresarial, ese límite se puede incrementar hasta 8.000 euros más por las aportaciones empresariales).
Los seguros de dependencia tienen un límite adicional de 5.000 euros anuales.