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España necesita una nueva hoja de ruta para complementar las pensiones.

Por Loreto Mutua.
Diario Cinco Días, junio 2025, branded content.

En plena reflexión sobre cómo se van a sostener las pensiones en el futuro, hay modelos que están demostrando con creces que funcionan. ¿Cómo? Generando ahorro y cuidando del bienestar a largo plazo de miles de trabajadores.

Es el caso de la previsión social complementaria (PSC), que reclama protagonismo como eje clave del futuro óptimo de los trabajadores. Grupo Loreto se anticipó al modelo, nació mucho antes de que existieran los planes de pensiones de empleo o las EPSV. Una mutualidad con 55 años de historia vinculada en sus inicios al sector aéreo, que ha logrado consolidar un sistema de previsión social complementaria con buenos resultados. Su carácter fundamental es que se nutre de aportaciones que provienen de la negociación colectiva, tanto de empresas individuales como convenios sectoriales, entre agentes sociales y empresas. Es un modelo solidario y transparente, con el objetivo de maximizar la rentabilidad del ahorro de los trabajadores, con costes bajos y sin fines lucrativos.

Sin embargo, este modelo queda fuera del radar normativo actual. La Ley 12/2022 no menciona las mutualidades, pese a su larga trayectoria como actores del segundo pilar. Loreto es, de hecho, la única mutualidad sectorial de ámbito estatal operativa en España, con más de 40 empresas asociadas, 1.300 millones bajo gestión y cerca de 30.000 mutualistas, y ha abonado desde 2001 más de 1.700 millones de euros en prestaciones. Es un modelo que demuestra que complementar las pensiones públicas es posible: basado en la solidaridad, gestionado con rigor y pensado para dar tranquilidad a los trabajadores. Pero el desarrollo efectivo de este segundo pilar del sistema de pensiones sigue tropezando con importantes barreras estructurales. La inexistencia de una ley estatal
que regule la actividad mutual en el segundo pilar genera inseguridad jurídica y deja en manos de comunidades autónomas, como el País Vasco, el desarrollo normativo más avanzado.

El potencial del segundo pilar

Convendría poner bajo el foco la excesiva carga regulatoria a los que nos enfrentamos instrumentos de previsión social complementaria como Loreto. La no adecuación normativa, como la permanencia en Solvencia II en lugar de IORP II, ha incrementado notablemente los costes operativos y administrativos para entidades mutualistas autogestionadas, que además no asumen riesgos en nombre propio. Este marco obliga a incurrir en múltiples gastos en asesorías, licencias y auditorías, encareciendo el sistema y penalizando el ahorro, en un contexto económico y demográfico incierto. Además, hay que destacar que entidades como Loreto no comercializan seguros como tal, ya que su producto surge de la negociación colectiva entre empresas y trabajadores.

Asimismo, habría que reclamar la ausencia de una legislación específica a nivel estatal que regule el segundo pilar de la previsión social, con excepción del modelo vasco, ejemplo de éxito. Y especialmente hay que cuestionar la desigualdad fiscal entre instrumentos equivalentes, como el trato más gravoso para mutualidades frente a EPSV o planes de empleo.

Pero no todo debe ser crítica. De cara a impulsar la previsión social, se hacen necesarias propuestas sobradamente conocidas como los incentivos fiscales para las empresas, el reconocimiento público a las que promueven el ahorro complementario, y una mayor claridad y estabilidad normativa en los límites de aportaciones. En definitiva, la necesidad de fomentar el ahorro y su rentabilidad como base del bienestar futuro.

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El modelo de Loreto
Loreto ha evolucionado desde sistemas de reparto a la capitalización individual, gestionando de forma directa las aportaciones provenientes de la negociación colectiva de empresas y trabajadores del sector aéreo. Su operativa actual se asemeja a la de un plan de empleo sectorial: las aportaciones se asignan individualmente, se añaden rendimientos netos de la inversión y, llegado el momento de la jubilación o la contingencia, el mutualista accede a su fondo acumulado en la modalidad que elija (capital, renta o mixta), con garantía de un tipo de interés básico el último año para blindar su prestación frente a la volatilidad. Es decir, se reparte todo el excedente entre todos los mutualistas activos a fecha de cierre de ejercicio.

LORETO MUTUA MPS

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